Page 14 - Periodico Prhopio ED 47
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14 OPINIÓN www.prhopio.com • Bogotá, Colombia, Agosto 2025
¿Qué hacer ante la visita judicial de
las autoridades en una copropiedad?
escrita de las actuaciones efec-
Nelson tuadas. Este reporte se convierte
Gómez en un medio de respaldo ante
eventuales controversias jurídicas
Abogado y
Asesor en PH o disciplinarias.
Se recomienda, además, que la
copropiedad cuente con protoco-
l administrador de pro- los internos de actuación frente a
piedad horizontal, en visitas judiciales, que contemplen
su calidad de represen- el rol del personal de vigilancia,
Etante legal de la copro- los mecanismos de comunicación
piedad, se encuentra obligado a actuante. Esto implica solicitar la propiedad, en la medida en que con la comunidad y la preserva-
salvaguardar, tanto los intereses identificación oficial de los fun- dichas áreas son bienes de uso ción de pruebas documentales o
colectivos, como los derechos cionarios, así como la orden escri- colectivo, sin que ello implique audiovisuales que registren la di-
individuales de los propieta- ta que fundamente la diligencia, autorizar el ingreso a las unida- ligencia.
rios y residentes. Una situación ya sea allanamiento, inspección, des privadas. Para estos casos, el
de especial relevancia en este registro o requerimiento admi- ingreso a los inmuebles particu- Finalmente, el administrador
nistrativo. La exigencia de estos lares, solo podrá realizarse me- debe mantener una actitud de
contexto, es la visita judicial o
administrativa adelantada por documentos no constituye obs- diante orden judicial expresa, en colaboración y respeto frente a la
táculo, sino garantía del princi- estricto cumplimiento del artículo autoridad, sin exceder sus facul-
autoridades competentes, cir-
cunstancia que exige un proce- pio de legalidad consagrado en 28 de la Constitución Política. tades ni desconocer los derechos
la Constitución y en la normativa fundamentales de los residentes.
der ajustado a la ley.
procesal vigente. De igual manera, es obligación Su actuación, prudente y ceñida
del administrador informar opor- a la normatividad, asegura que la
En primer término, el adminis- En segundo lugar, corresponde tunamente al consejo de admi- copropiedad afronte la interven-
trador debe verificar la competen- al administrador facilitar el acce- nistración, sobre el desarrollo de ción judicial con transparencia y
cia y legitimidad de la autoridad so a las zonas comunes de la co- la diligencia, dejando constancia solidez jurídica.
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