Como administradores de propiedad horizontal, ustedes son garantes del bienestar y la primera línea de consulta para los residentes. Hoy, la elección del proveedor de internet es una decisión estratégica. Desde la Dirección Jurídica de SOMOS INTERNET, analizaremos un tema crítico: las cláusulas de permanencia mínima. ¿Son legales? ¿Cómo evitar cobros sorpresa que afecten el patrimonio? ¿Qué son y cuándo aplican realmente?
Jurídicamente, una cláusula de permanencia mínima es una estipulación contractual, que obliga al usuario a mantener el servicio por un tiempo determinado, bajo la amenaza de una sanción económica. En Colombia, conforme al Régimen de Protección de los Derechos de los Usuarios de Servicios de Comunicaciones y el Estatuto del Consumidor, estas cláusulas están estrictamente reguladas.
Para servicios fijos -como el internet residencial-, solo son legales si se cumplen condiciones específicas: que el operador ofrezca un descuento sustancial en el cargo de conexión, financie equipos o brinde una tarifa promocional, comprobable frente al precio estándar. Además, por mandato legal, esta permanencia no puede exceder los doce meses. Si no hay un beneficio económico real, demostrable, cuantificable y aceptado expresamente por el usuario, la cláusula es nula de pleno derecho y no genera ninguna obligación. ¿En qué casos un usuario puede terminar el contrato sin penalidad? Existe la falsa creencia de que la cláusula de permanencia es un candado irrompible.
Legalmente, el usuario puede desvincularse sin pagar penalidades en los siguientes escenarios: *Fallas reiteradas en el servicio: Si el internet presenta caídas constantes o no cumple con la velocidad contratada y el operador no soluciona la falla tras el reporte técnico, se configura un incumplimiento contractual que faculta al usuario a cancelar sin cobro.
*Cambio de domicilio sin cobertura: Si el residente se muda a una zona donde el operador no tiene infraestructura para prestar el servicio, el contrato se extingue por imposibilidad técnica sin sanción.
*Modificación unilateral: Si el operador cambia las condiciones del contrato -tarifas, características del plan- sin previo acuerdo, el usuario tiene derecho a retirarse inmediatamente.
*Derecho de retracto: Si el servicio se contrató por medios no tradicionales -ventas telefónicas o internet-, el usuario tiene cinco días hábiles para retractarse sin penalidad.
*Vencimiento del plazo: Una vez superados los doce meses, la cláusula expira automáticamente y no puede ser renovada bajo ninguna circunstancia.
¿Qué revisar antes de firmar para evitar cobros sorpresa? Para proteger el patrimonio, es imperativo revisar antes de firmar: El valor exacto del beneficio: El contrato debe detallar explícitamente cuánto cuesta la instalación o el equipo sin descuento y cuánto con el descuento aplicado. La fórmula de prorrateo: La ley exige que, si el usuario se retira anticipadamente, la penalidad debe cobrarse de forma estrictamente prorrateada. Es decir, si faltan tres meses para cumplir el año, solo se puede cobrar la proporción del descuento correspondiente a esos tres meses restantes, nunca la totalidad del beneficio inicial.
Independencia de los equipos: Verificar si los equipos se entregan en comodato -préstamo gratuito que exige devolución- o venta a plazos. La visión de SOMOS. En el mercado actual, la retención de usuarios no debe basarse en ataduras legales, ni en el miedo a las multas, sino en la excelencia operativa.
Como empresa líder en telecomunicaciones, en SOMOS hemos adoptado una política corporativa disruptiva y transparente: cero cláusulas de permanencia. Creemos firmemente que la flexibilidad es un derecho innegociable del consumidor. Al eliminar estas cláusulas, garantizamos que nuestros usuarios permanezcan con nosotros por la calidad superior de nuestra conexión y nuestro servicio al cliente, no por el temor a una penalidad financiera. Esto otorga a los administradores de propiedad horizontal y a los residentes, la tranquilidad de contar con un servicio de internet de alta velocidad, con la libertad absoluta de decidir mes a mes.
Desde nuestra Dirección Jurídica y en articulación con nuestro departamento de Valor Humano, trabajamos diariamente para que la transparencia sea el pilar de nuestra operación. Invitamos a todos los administradores a socializar estos derechos con sus comunidades. Un residente informado toma mejores decisiones y una copropiedad conectada con transparencia, es una comunidad que prospera.